La Audiencia Nacional (AN) falla a favor de la demanda interpuesta por CCOO, CSIF y UGT y reconoce que los trabajadores no deben estar obligados a disfrutar de los cinco días retribuidos para cuidar familiares enfermos al día siguiente del hecho causante y que estos podrán acogerse al mismo en función «de sus posibilidades de conciliación y mientras el hecho causante permanezca».