La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana concluye que el actor no debe reintegrar las cantidades indebidamente percibidas en concepto de Ingreso Mínimo Vital (IMV), al considerar que la concesión de la prestación fue resultado exclusivo de una actuación administrativa errónea, sin solicitud ni mala fe por parte del beneficiario. Se …
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