Los perceptores de la prestación por desempleo no estarán obligados a presentar la declaración del IRPF, según recoge un Real Decreto-ley ‘ómnibus’ publicado este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE), donde se admite que tal exigencia «excede la intención de la norma», por lo que «resulta así necesaria la supresión de esta obligación de presentar declaración por IRPF a los beneficiarios de la prestación por desempleo».
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