Dos recientes sentencias de la Sala Primera del Tribunal Supremo han establecido criterios relevantes sobre las cláusulas de intereses de las hipotecas inversas, al considerar que pueden ser anulados los intereses remuneratorios cuando no se haya explicado de forma suficientemente clara al cliente que los intereses generados se incorporan a la deuda y pueden generar, a su vez, nuevos intereses.